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En resumen

Si tu empresa usa NetSuite y no está en el SII, antes del 1 de enero de 2027 tienes que elegir entre Verifactu o SII. No son dos formas de cumplir lo mismo: son dos regímenes distintos, con obligaciones distintas y con dos SuiteApps distintas en NetSuite que no pueden convivir en la misma cuenta. Quien lleva los libros de IVA por el SII queda excluido de Verifactu, y acogerse al SII de forma voluntaria mantiene el periodo de liquidación trimestral. Para muchas empresas con NetSuite ya configurado para el SII, esa es la vía más corta. Para otras, Verifactu es más ligero. Aquí tienes el árbol de decisión y lo que implica cada camino en NetSuite.

Por qué la decisión Verifactu o SII llega ahora

El Real Decreto-ley 15/2025 fijó el calendario vigente de Verifactu: 1 de enero de 2027 para las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. A la vez, el Real Decreto 1007/2023 (modificado por el RD 254/2025) deja fuera de Verifactu a quienes llevan los libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la AEAT, es decir, a quienes están en el SII. Da igual si el SII es obligatorio o voluntario.

Eso convierte una obligación técnica en una decisión fiscal con fecha: cada empresa fuera del SII tiene que decidir si monta Verifactu o se acoge al SII, y hacerlo con margen para configurar NetSuite antes de enero. Hemos visto ya varios casos en los que la decisión se tomó en IT sin pasar por el asesor fiscal, y al revés. Las dos cosas salen mal.

Qué es cada régimen, sin tecnicismos

SII (Suministro Inmediato de Información). Envías a la AEAT los registros de tus facturas emitidas y recibidas en un plazo de cuatro días naturales (sin contar sábados, domingos y festivos nacionales). La AEAT construye con ellos tus libros de IVA. Afecta a toda la facturación, la que emites y la que recibes.

Verifactu. Tu software de facturación genera por cada factura emitida un registro con huella encadenada y un código QR verificable, y, en la modalidad Verifactu, lo remite a la AEAT en el momento de emitir. Afecta solo a las facturas que emites. No sustituye a los modelos de IVA ni a los libros: es una garantía de integridad del software de facturación.

Quién está obligado a qué

  • SII obligatorio: grandes empresas (facturación superior a 6 millones de euros), grupos de IVA y empresas inscritas en el REDEME (devolución mensual). Estas empresas quedan fuera de Verifactu.
  • SII voluntario: cualquier otra empresa puede acogerse presentando el modelo 036 (casillas 143 y 532). Según la AEAT, se puede hacer en cualquier momento, manteniendo el periodo de liquidación trimestral, con efectos desde el día siguiente al fin del periodo de liquidación en curso y con obligación de permanecer todo el año natural. Al acogerse, también quedan fuera de Verifactu.
  • Verifactu: todas las demás sociedades desde el 1 de enero de 2027 y los autónomos desde el 1 de julio de 2027, salvo las que operen en los territorios forales, donde aplica TicketBAI.

Verifactu o SII: el árbol de decisión

Estas son las preguntas que hacemos en cada diagnóstico, en este orden:

  1. ¿Ya estás en el SII? Si sí, no tienes que hacer nada con Verifactu. Revisa que el SII en NetSuite funciona sin rechazos y sigue con tu vida.
  2. ¿Superas los 6 millones, estás en REDEME o en grupo de IVA? Entonces el SII es obligatorio y Verifactu no aplica. Si no lo tienes montado, ese es tu proyecto.
  3. ¿Tu NetSuite ya tiene la Spain Localization SuiteApp con el SII configurado, aunque no lo uses? Es más frecuente de lo que parece en filiales de grupos y en implantaciones recientes. Si es así, acogerse al SII voluntario suele ser el camino más corto: la tecnología ya está.
  4. ¿Recibes muchas más facturas de las que emites? El SII obliga a informar también de las recibidas en cuatro días. Si la contabilización de proveedores es lenta o manual, el SII te va a doler cada semana. Verifactu solo mira las emitidas.
  5. ¿Emites facturas desde varios sistemas (tienda online, TPV, plataforma de suscripciones)? Cada sistema de facturación tiene que cumplir Verifactu por su cuenta. Con el SII, el problema se centraliza en NetSuite, que es quien informa.
  6. ¿Tu cuenta está en SuiteTax? La localización oficial de Oracle, que es la que resuelve el SII, funciona sobre SuiteTax. Si sigues en Legacy Tax, el camino del SII incluye un proyecto previo de migración a SuiteTax y hay que contarlo desde el principio.

Qué implica cada camino en NetSuite

Aquí está la parte que casi ningún artículo cuenta, y es la que decide el calendario.

Camino SII. Se resuelve con la Spain Localization SuiteApp de Oracle, incluida en la licencia de NetSuite: alta y modificación de facturas emitidas y recibidas, envío manual o programado a la AEAT y respuesta de la AEAT registrada en cada factura. Requiere OneWorld y SuiteTax. Si ya la tienes instalada, el trabajo es de configuración, pruebas y disciplina: que cada factura recibida entre en NetSuite a tiempo. Puedes ver los errores habituales de configuración del SII en NetSuite antes de decidir.

Camino Verifactu. Se resuelve con otra SuiteApp, la European Union Electronic Invoicing, que certifica cada factura y abono emitido a través de Avalara, guarda la URL de verificación de la AEAT y permite imprimir el QR en el PDF. Hay que instalarla, configurar la plantilla de documento electrónico, asignar el paquete Verifactu a cada cliente, dar permisos y tocar todas las plantillas PDF. Lo explicamos paso a paso en Verifactu en NetSuite: cómo activarlo antes del 1 de enero de 2027.

Y el detalle que obliga a elegir: según la documentación de Oracle, las funciones de Verifactu y las de SII son mutuamente excluyentes en la misma cuenta de NetSuite. No se puede tener medio pie en cada régimen. Por eso la decisión va antes que cualquier configuración.

Cuándo conviene acogerse al SII de forma voluntaria

  • Tienes NetSuite con la localización oficial y SuiteTax, y el SII está instalado o es fácil de activar.
  • Tu proceso de proveedores está ordenado: las facturas recibidas se contabilizan en pocos días.
  • Facturas desde varios sistemas y prefieres que NetSuite sea el único punto de cumplimiento.
  • Valoras las exoneraciones que trae el SII: quienes están en él no presentan los modelos 347 y 390.
  • Prevés superar los 6 millones en uno o dos años: entrarás en el SII de todos modos, mejor hacerlo en tus plazos.

El coste real del SII no es técnico, es de proceso: cuatro días para cada factura recibida obliga a que compras, recepción y contabilidad funcionen sin cuellos de botella. Y una vez dentro, te quedas todo el año natural.

Cuándo conviene Verifactu

  • Emites relativamente pocas facturas desde un único sistema y recibes muchas: informar las recibidas en cuatro días sería el verdadero problema.
  • Tu cuenta está en Legacy Tax y no quieres abrir ahora el proyecto de SuiteTax.
  • No quieres asumir el compromiso de permanencia anual en el SII.
  • Tu asesor fiscal prefiere mantener los libros en la empresa y no en la sede de la AEAT.

El coste real de Verifactu está en la puesta en marcha: una SuiteApp nueva, un proveedor de certificación, plantillas PDF que revisar una a una y una asignación por cliente que hay que automatizar. Una vez en marcha, el día a día es más ligero que el del SII.

Los errores que estamos viendo al decidir

Decidir sin mirar la cuenta de NetSuite. La respuesta cambia según estés en SuiteTax o Legacy Tax, y según tengas o no la localización oficial. Es lo primero que revisamos en el diagnóstico.

Dar por hecho que "ya estamos en SII" cuando lo que hay es un partner enviando ficheros a mano. Eso no es el SII integrado, y muchas veces ni siquiera es la localización oficial. Conviene comprobar qué está instalado y quién lo mantiene.

Creer que Verifactu se activa con una casilla. Es una SuiteApp aparte, con certificación externa, y no la lleva la localización española. Hemos visto planificaciones de "dos días" que eran de tres semanas.

Olvidar las facturas emitidas fuera de NetSuite. Si el ecommerce o el TPV emiten facturas por su cuenta, en el camino Verifactu cada uno tiene que cumplir. Es un argumento de peso a favor del SII centralizado en NetSuite.

Preguntas frecuentes sobre Verifactu o SII

¿Puedo acogerme al SII ahora para evitar Verifactu en enero?
Sí. La opción se ejerce con el modelo 036 en cualquier momento y surte efecto desde el día siguiente al fin del periodo de liquidación en curso. Si lo presentas en el cuarto trimestre de 2026, entrarías el 1 de enero de 2027. Consúltalo con tu asesor fiscal para encajar plazos y permanencia.

Si me acojo al SII voluntariamente, ¿paso a liquidar el IVA cada mes?
No. Según la AEAT, el acogimiento voluntario mantiene el periodo de liquidación trimestral. Lo que cambia es la obligación de enviar los registros de facturación en cuatro días.

¿Puedo tener Verifactu y SII a la vez en NetSuite?
No. La documentación de Oracle indica que las funciones de Verifactu de la SuiteApp de facturación electrónica y las de SII de la Spain Localization SuiteApp son mutuamente excluyentes en la misma cuenta.

¿El SII cubre las facturas que emito desde mi tienda online?
El SII informa de las facturas que registras, vengan de donde vengan, siempre que lleguen a NetSuite. Con Verifactu, en cambio, cada sistema que emite facturas tiene que cumplir por sí mismo.

¿Qué pasa si no hago nada antes del 1 de enero de 2027?
Si tu empresa está obligada a Verifactu y sigue facturando con un sistema no adaptado, se expone a las sanciones del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, de hasta 50.000 euros por ejercicio. Y en NetSuite la adaptación no es inmediata.


Por qué Flying Lemons

Somos una consultora 100% NetSuite, con más de 40 proyectos completados y más de 10 años de experiencia, y trabajamos sobre el estándar de Oracle: localización oficial, SuiteTax y las SuiteApps que Oracle mantiene. En el diagnóstico gratuito revisamos tu cuenta, te decimos si te conviene Verifactu o SII y qué hay que tocar para llegar al 1 de enero con margen. Pide el diagnóstico aquí.

Autor: equipo de Flying Lemons, especialistas en NetSuite. Publicado el 16 de septiembre de 2026. Fuentes: Real Decreto 1007/2023, Real Decreto-ley 15/2025, manual de actividades económicas de la AEAT (apartado 5.11.4, acogimiento voluntario al SII, actualizado el 30 de abril de 2026) y documentación oficial de Oracle NetSuite sobre Spain Localization y European Union Electronic Invoicing.

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